Esto sucedió en Salta y se trata de una medida provisoria hasta tanto se dicte una sentencia definitiva. El menor no cuenta ni con abuelos maternos ni paternos, ni hermanos mayores que puedan hacerse cargo.
En un fallo inédito la jueza de primera instancia de Personas y Familia 3 de Salta, Claudia Güemes, decidió que un tío pague la cuota alimentaria de su sobrino, ya que el padre del mismo no le pasa nada y el menor no cuenta ni con abuelos paternos ni maternos, ni tampoco tiene hermanos mayores que puedan hacerse cargo.
Había antecedentes de abuelos que deben hacerse cargo de la manutención de sus nietos, pero jamás de un tío que deba hacerse cargo de la cuota alimentaria de sus sobrinos, porque su hermano no les pasa un peso.
La jueza Güemes, que fue quien emitió ese fallo, aclaró que se trata de una situación excepcional el caso en que un tío deberá abonar a favor de sus dos sobrinos el concepto de cuota de alimentos provisoria. Además es una medida provisoria, hasta tanto se dicte una sentencia definitiva.
Sostuvo el menor en cuestión no cuenta ni con abuelos maternos ni paternos, ni hermanos grandes. Detalló, además, que fue el tío quien se presentó a la audiencia a decir que podía colaborar, y quien además dijo que existen otros parientes que están en mejor situación que él para colaborar con los alimentos.
«Cada caso tiene su situación particular y no es que todos los tíos deberán afrontar el pago que no realiza el padre», dijo.
El tío sólo se hará cargo de la cuota alimentaria de ahora en adelante, no de toda la deuda que tiene el padre de sus sobrinos.