La Corte Suprema pondría límites al tarifazo

Ordenará al Gobierno realizar audiencias. Suspendería así las subas por el transporte y la distribución del gas. Sin embargo validaría la potestad del Estado para decir el importe en boca de pozo que representa casi 60% de las facturas.

La Corte Suprema de Justicia decidirá hoy sobre un recurso extraordinario presentado por el Gobierno. Es en relación a los aumentos en las boletas de gas. El máximo tribunal se pronunciará a favor de conciliar la facultad del Gobierno para establecer tarifas. También señalará que los incrementos deben ser «razonables» y siguiendo los «procedimientos legales adecuados», según supo Clarín de distintas fuentes judiciales.

El máximo tribunal reconocerá que el Poder Ejecutivo está facultado para decidir en el segmento mayorista de la energía, es decir el importe del gas en boca de pozo. Este componente es el más importante en las facturas de gas, ya que representa casi un 60% de las facturas.

Pero la justicia también se referirá a un aumento «razonable». El Gobierno entiende que la tarifa social alcanza para cumplir con esa demanda, pero la Corte se inclinaría por algún tope. En ese sentido, está la resolución 129, dictada por el ministerio de Energía, pero que todavía no fue instrumentada.

Esa resolución establece que los incrementos tienen un techo de 400% en las facturas del año pasado en los hogares y de 500% en los comercios. Eso implica que las subas máximas resultarían en que el importe de las boletas de 2015 se multipliquen por cinco. También habrá menciones a «cumplir con los procedimientos legales» para aplicar aumentos. Esto llevaría a la obligación de realizar audiencias públicas para determinar los valores que cobrarán las empresas de distribución (las que llevan gas a las casas y hogares) y las transportistas. El gobierno tenía previsto ese proceso en 2017 y prometió audiencias para octubre. Mientras, aplicó un incremento «transitorio». Todo indica que la Corte no comparte ese procedimiento.

Para la suba «transitoria», a la espera de una revisión tarifaria integral (RTI), que recién se definiría en 2017, el Gobierno aplicó ajustes en base al resultado de audiencias realizadas en el pasado. La Corte cree que ese argumento no sirve.

Durante la discusión entre los jueces de la Corte sobre tarifas, algún ministro deslizó que el aumento en el gas no podía ser «confiscatorio». Sin embargo, ese término podría quedar afuera de la versión final, ya que fijaría un techo del 35%. En resoluciones anteriores, la justicia entendió que por arriba del 35% eran «confiscatorios».

La suba en las boletas de gas está frenada desde un fallo de la sala II de la Cámara Federal de La Plata. Ese fallo provocó que el Gobierno presentara un recurso extraordinario. Si la Corte habilita el aumento «en el punto de ingreso al sistema» (el gas mayorista), en el Poder Ejecutivo creen que se habrá avanzado. Desde 2004, el Estado fija los precios mayoristas de gas y luz en el marco de la ley de Emergencia Económica. Sin embargo, la necesidad de celebrar audiencias públicas complicaría a empresas de distribución (Metrogas y GAS BAN en Buenos Aires) y transportistas (TGS y TGN). Estas compañías tendrían que aplicar las tarifas de 2015, es decir las previas a los incrementos, hasta que haya una revisión tarifaria (RTI), cuyo resultado se haría efectivo en 2017.

En la luz, los aumentos están detenidos en la provincia de Buenos Aires, donde algunas distribuidoras fueron forzadas a devolver los aumentos cobrados. También hay un fallo de la jueza Martina Forns que impide los aumentos de distribución eléctrica en todo el país. Sin embargo, cada provincia posee su propia jurisdicción sobre la luz, por lo que el territorio alcanzado sería el conurbano y la ciudad de Buenos Aires, que están bajo jurisdicción federal. El Gobierno avanzará en su estrategia judicial para la luz después de conocido el resultado del gas.

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