L-Gante seguirá preso hasta el juicio oral

Es por “amenazas simples en concurso real con privación ilegítima de la libertad, en concurso ideal con amenazas coactivas, privación ilegítima de la libertad simple en concurso ideal con amenazas simples y tenencia de estupefacientes”.

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La Cámara de Apelaciones y Garantías de Mercedes confirmó la prisión preventiva para el músico Elián Ángel Valenzuela, más conocido como L-Gante, por lo continuará detenido como acusado, entre otros delitos, de privar de la libertad y amenazar a dos vecinos suyos, en mayo pasado en el partido de General Rodríguez.

La resolución fue dictada por la Sala I de ese tribunal, integrada por los jueces Oscar Reggi y Carlos Risuleo, los mismos que el 25 de julio revocaron el arresto domiciliario del cantante, por lo que todo indica que con esta resolución L-Gante permanecerá detenido al menos hasta el futuro juicio oral.

La imputación para L-Gante, confirmada ahora por este tribunal superior, es por los delitos de «amenazas simples en concurso real con privación ilegítima de la libertad, en concurso ideal con amenazas coactivas -respecto del denunciante Darío Gastón Torres-, privación ilegítima de la libertad simple en concurso ideal con amenazas simples -en relación a Rosa Catalina Passi-, y tenencia simple de estupefacientes».

La Cámara rechazó así el recurso de apelación interpuesto por los defensores particulares del músico, Juan Pablo Merlo y Pablo Nicolás Merlo, y confirmó la resolución que el 8 de julio había dictado el juez de Garantías 2 de Moreno-General Rodríguez, Gabriel Castro, avalando así la investigación del fiscal de la causa, Raúl Villalba, de la Unidad Funcional de Instrucción UFI) 9 del mismo departamento judicial.

«Sin perjuicio de la profundización que pueda imprimirse a la investigación, con las constancias cargosas valoradas, encontramos abastecido el grado de probabilidad que requiere la normativa procesal, a los efectos de considerar a Elián Ángel Valenzuela como autor de los delitos que se le atribuyen, concluyendo en que merece confirmación el auto recurrido», señalan los camaristas en el fallo al que accedió Télam.

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