La AFIP recorddó que extendió la suspensión de la traba de medidas cautelares hasta este martes 31 de diciembre de 2019 a las micro, pequeñas y medianas empresas inscriptas como tal en el Registro de Empresas Mipymes. La extensión del plazo alcanza, también, a los contribuyentes caracterizados en el Sistema Registral como potencial micro, pequeña y mediana empresa – tramo I y II. Cabe recordar que ya se había suspendido la traba de medidas cautelares hasta el 30 de noviembre.
Anteriormente, se habían flexibilizado los mecanismos para levantar los embargos, incorporando la figura de la dación en pago, que permite utilizar los fondos embargados para cancelar las obligaciones impositivas y/o de los recursos de la seguridad social reclamadas en una ejecución fiscal.