Los abogados defensores del cura Juan Diego Escobar Gaviria acudieron con un recurso ante la Cámara de Casación Penal para poner en crisis el fallo dictado el 27 de noviembre de 2020 por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay que le impuso 11 de cárcel por el delito de promoción a la corrupción de menores. Escobar Gaviria ya había sido condenado a 25 años de cárcel en 2017 por 4 casos de abuso y corrupción de menores; en 2020 fue juzgado por un quinto caso.
Pero los defensores Milton Urrutia y María Alejandra Pérez recusaron a todos los integrantes de la Cámara de Casación Penal de Paraná, Marcela Badano, Marcela Davite y Hugo Perotti. El planteo recusatorio deberá ser resuelto por otro tribunal, y será la Cámara de Casación Penal de Concordia, que integran Gustavo Perroud, Silvina Gallo y Aníbal Lafourcade. La recusación a la “composición originaria y natural de la Cámara de Casación Penal con asiento en la ciudad de Paraná (es) por haber intervenido en anterior legajo contra el mismo condenado habiendo sentado su postura”.
Efectivamente, en 2019 la Cámara de Casación Penal de Paraná intervino en el caso Escobar Gaviria. Fue en el primer juicio y para confirmar la condena a 25 años de cárcel.
El segundo juicio al cura Escobar Gaviria se sustanció durante dos días, miércoles 18 y jueves 19 de noviembre de 2020, en Gualeguay, y en su transcurso se trató el caso del joven Santiago Tavares, hoy de 20 años, pero que llegó con 14 para desempeñarse como monaguillo en la parroquia San Lucas Evangelista, de Lucas González, su pueblo.
«Yo llegué como monaguillo porque me gustaba. Al principio, iba todo bien. Pero con el pasar de los meses ahí adentro empezaron a cambiar las cosas. Ya no era el Juan Diego que yo conocí. Tenía actitudes que eran diferentes. No era la persona seria que yo había conocido. Un día yo estaba jugando junto a otros chicos en el comedor y me llama Juan Diego. Me pide que lo acompañe a la pieza. Cuando entro, cierra la puerta con llave y me empieza a hablar. En la pieza tenía una computadora donde preparaba la predicación de la misa de la tarde, así que nosotros íbamos y jugábamos en esa computadora. Pero ese día me empezó a tocar. No me gustó. Me levanté y me fui. Fui a la otra computadora, y no dije nada. No le conté a nadie. Fui como si nada. Después me empezó a hablar, a explicar con chamuyos lo que había pasado. Entonces, vinieron hechos más graves», contó aquel infierno.
Para juzgar por segunda vez al cura Escobar Gaviria se conformó un tribunal integrado por los jueces de la jurisdicción de Gualeguay, Alejandro Calleja y Alejandra María Cristina Gómez. Y un magistrado de la jurisdicción Gualeguaychú, Mauricio Daniel Derudi.
Precisamente la conformación del tribunal que debía juzgar a Escobar Gaviria fue lo que generó la primera postergación de la fecha de inicio del juicio, que debió realizarse entre el 12 y el 13 de noviembre de 2018.
Originariamente , el tribunal que debió juzgar al sacerdote quedó conformado por los jueces Calleja, Gómez e Ignacio Boris Telenta, pero este último magistrado concursó y ganó el cargo de juez de Garantías de Gualeguaychú, y por tanto dejó su puesto de juez de Garantías en Gualeguay. Los otros magistrados de Gualeguay quedaron afuera por cuanto ya habían actuado en el primer juicio: María Angélica Pibas, Darío Crespo y Javier Cadenas. Tampoco pudo ser incluido Dardo Tortul porque si bien ahora es juez de juicio, actuó en el debate contra Escobar Gaviria en representación del Ministerio Público Fiscal y llevó adelante la acusación.
Las audiencias de debate habían sido fijadas para una nueva fecha, los días 23 y 24 de mayo de 2019, pero el querellante Mariano Navarro pidió aplazar el trámite en función de la imposibilidad del denunciante, Santiago Tavares., un muchacho de 19 años, de asistir al tribunal.
La tercera programación del juicio se fijó para los días 4, 5 y 6 de diciembre de 2019. Pero hubo una tercera suspensión.
Finalmente el juicio se sustanció en 2020
Primera condena
El cura fue condenado el 6 de septiembre de 2017 por haber abusado a cuatro menores. En tres casos se lo acusó de promoción de la corrupción de menores reiterada, agravada por su condición de guardador; y en uno por abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto.
El fallo, que se conoció de forma íntegra el jueves 14 de septiembre de 2017, contiene 304 páginas, en las que se encuentran todas las actuaciones del caso. Desde las primeras testimoniales tomadas a los menores cuando denunciaron los abusos, hasta las declaraciones de testigos –familiares, amigos, colaboradores de la parroquia-, y otros elementos que le permitieron al Tribunal llegar a la conclusión de que Escobar Gaviria cometió abusos, condenándolo a una pena proporcional a la gravedad de los delitos: 25 años de prisión efectiva.
La condena a Escobar Gaviria fue confirmada en Casación, pero cuando el caso se debatió en la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), el alto cuerpo anuló una parte de la sentencia y ordenó al Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay computar de nuevo la pena. Fue sentenciado por tres casos de corrupción de menores y uno de abuso sexual simple. Este último caso por el que fue condenado encontró una anulación en el STJ.
Fuente: Entre Ríos Ahora