En la primera sesión tras las elecciones PASO, la oposición unida en la Cámara de Diputados, excepto la izquierda y los tres libertarios Javier Milei, Victoria Villarruel y Carolina Píparo, logró conseguir la media sanción de una reforma a la Ley de Alquileres, tras una votación que resultó con 125 votos a favor, 112 en contra y 3 abstenciones. El proyecto pasa ahora al Senado, que no se reúne para tratar iniciativas desde hace cuatro meses.
En primer lugar, este miércoles fracasaron una docena de proyectos que proponían la derogación total de la actual 27.551 al no reunir los dos tercios necesarios, ya que no contaban con dictamen. La idea era fuertemente avalada por buena parte de Juntos por el Cambio y los libertarios. Pero desde el principio se sabía que no habría chance.
Luego comenzó el debate, que tuvo una corta lista de oradores, sobre los dictámenes que se firmaron el año pasado, y que nunca habían llegado al recinto hasta hoy.
En la primera votación, JxC, los libertarios y los bloques provinciales consiguieron su segundo objetivo -el primero fue el quórum- de rechazar el dictamen de mayoría del Frente de Todos. El oficialismo tuvo varios ausentes, pero igualmente no hubiera llegado con el número para imponerse, ni siquiera con el Frente de Izquierda a favor. El resultado fue por 109 votos afirmativos y 131 negativos.
A continuación, se sometió a votación el dictamen de minoría, el cual tuvo modificaciones que fueron producto de varias negociaciones previas. Plantados en su postura de derogación, los legisladores de La Libertad Avanza terminaron votando en contra del dictamen de minoría, al igual que el oficialismo y la izquierda. También hubo dos votos negativos por parte del jefe del interbloque Federal, Alejandro “Topo” Rodríguez, y la cordobesa Natalia de la Sota.
A favor lo hicieron los legisladores de Juntos por el Cambio, el interbloque Provincias Unidas y el bloque SER. Por parte del interbloque Federal, positivamente también votaron los bonaerenses Graciela Camaño y Florencio Randazzo, y los cordobeses Carlos Gutiérrez e Ignacio García Aresca, mientras que los santafesinos socialistas Mónica Fein y Enrique Estévez se abstuvieron. La tercera abstención fue del camporista salteño Emiliano Estrada.
Los dos cambios centrales al texto original -que salió de comisiones el 22 de junio de 2022- se refieren al período de tiempo para los ajustes y al mecanismo que podrán utilizar las partes para la actualización del precio, publicó Parlamentario.
De esta manera, la iniciativa aprobada establece que “en los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a 4 meses”.
En tanto, “para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.
Además, el proyecto vuelve a dos años el plazo mínimo legal de los contratos e incorpora una serie de incentivos para promover la oferta de viviendas en el mercado.
En relación a los beneficios fiscales, se contempla una reforma del régimen de monotributo para que quienes tengan tres unidades de explotación, “en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados” se considere como “una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma”.
También exime de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler y contempla una modificación al impuesto a los débitos y créditos bancarios -más conocido como impuesto al cheque- para que estén exentas aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.