Hasta agosto no habrá aumentos de la energía eléctrica en Entre Ríos

 

Así lo dispuso el Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE) a través de la resolución 70/2020, emitida el 30 de abril y firmada por el interventor José Carlos Halle. El cuadro tarifaria que debía aplicarse en mayo quedó en suspenso.

El EPRE decidió mantener la vigencia de los valores del cuadro tarifario que se había establecido para el período del 1º de noviembre de 2019 al 31 de enero de 2020, debido a «la suspensión transitoria y excepcional de todo traslado a los usuarios finales de las adecuaciones del Valor Agregado de Distribución (VAD)», dispuesta por la Secretaría de Energía mediante la Resolución Nº 67/20.

o_1470299330

El nuevo cuadro tarifario, que finalmente quedó en suspenso, debía ser aplicado por todas las distribuidoras de la provincia a partir del 1° de mayo, con vigencia hasta el 31 de julio.

En los considerandos de la resolución 70/2020 del EPRE se hace referencia además a la ley nacional 27.541, de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, que en su artículo 5° faculta al Poder Ejecutivo nacional «a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario» por un plazo máximo de hasta 180 días y «propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020».

De todos modos, en el artículo 5° de la Resolución 70/20 se aclara que la vigencia del Cuadro Tarifario anterior «queda condicionada a que no se produzcan modificaciones en los precios mayoristas de energía, potencia y/o transporte en el Mercado Eléctrico Mayorista por parte de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación, en cuyo caso podrán las Distribuidoras presentar a este ENTE para su análisis y aprobación los nuevos valores del Cuadro Tarifario, los cuales deberán mantener sin modificación el Valor Agregado de Distribución».

Comentarios