Será a través de los municipios y bajo determinados protocolos. «Los intendentes deben hacer las habilitaciones», explicó el ministro Bahillo. Todos los comercios y actividades que pueden pedir la habilitación para funcionar.
«Tras la decisión del gobernador quedan autorizadas estas actividades, el comercio minorista, los servicios y los oficios, en el marco de que los intendentes hagan las habilitaciones correspondientes», informó el ministro de Producción, Juan José Bahillo, durante el informe realizado este lunes junto al Gobernador de la provincia, Gustavo Bordet.
«Si los intendentes que conocen las realidades locales y saben qué capacidad de control tienen, elevan un instructivo de seguridad y dentro de las normas de cumplimiento que pide el COES, estas actividades se pueden habilitar por decreto municipal a partir de la decisión del gobierno provincial para habilitar su funcionamiento», detalló Bahillo.
«A partir de la decisión del gobierno provincial para habilitar el comercio minorista, servicios y oficios, si hay alguna actividad industrial, sectorial y productiva (que aún no está habilitada para funcionar) el protocolo para solicitarlo es el mismo por el cual sector productivo debe elevar un instructivo de funcionamiento con el aval de las autoridades municipales y será evaluado por autoridades provinciales. Tras ser merituado esto se dispondrá si se hacen o no nuevas excepciones», amplió el ministro de Producción.
«Son los intendentes quienes realizan las habilitaciones a partir de la autorización provincial porque son ellos quienes conocen las realidades locales; es un criterio acertado el del gobernador para facultar a los intendentes a que habiliten la actividad del comercio minorista, o si lo consideran necesario, el hacerlo de forma parcial», consideró al respecto.
Bahillo comunicó que «en la provincia hay 44 actividades exceptuadas de la cuarentena». «Se están cumpliendo los protocolos sanitarios de las actividades habilitadas, y para ello se trabaja con la secretaría provincial de Trabajo, para lo cual hay un seguimiento y un trabajo con los municipios para controlar esto», aclaró.
En la videoconferencia, el ministro sostuvo que «solamente no deberán habilitarse, las actividades contempladas en el DNU del Gobierno Nacional, y cuya competencia, corresponde al Presidente».
Al respecto, cabe mencionar que dichas actividades son: el dictado de clases presenciales en todos los niveles y modalidades; los eventos públicos y privados (sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y otros); los centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado, y las actividades turísticas, los parques, las plazas y similares.