Tres policías van a juicio en Paraná por no actuar ante un homicidio

A los efectivos que integraban la comisaría 10ª de Paraná les imputan no haber informado al juez ni al fiscal en turno que un hombre había sido baleado en Villa Mabel, y haber abandonado la escena del crimen sin averiguar nada

Sergio Daniel Villalba había ingresado al hospital San Martín con tres balazos en la espalda, en la madrugada del 1° de mayo de 2014. Desde el destacamento policial del nosocomio, avisaron a la comisaría 10ª del hecho de sangre que había sucedido en calle Miguel Cané, entre Granadero Baigorria y Almirante Cochrane, del barrio paranaense Villa Mabel. Según la acusación realizada por la Fiscalía, los uniformados a cargo de la dependencia no cumplieron no la obligación de investigar lo que había sucedido, no buscaron testigos ni resguardaron las evidencias en la escena del crimen, pero tampoco dieron aviso luego al Juzgado de Instrucción ni al fiscal en turno de lo que había pasado. Villalba murió el 29 de mayo y por la investigación realizada por la División Homicidios, se logró arrestar a Laureano Florencio Gutiérrez, quien hace poco acordó una pena en un juicio abreviado.

Ayer se hizo la audiencia de elevación de la causa a juicio, donde la jueza de Garantías Paola Firpo dictó la medida que establece el fin de la investigación y el próximo juzgamiento de tres policías por el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público. Eran cinco los acusados, pero el fiscal Gervasio Labriola planteó el sobreseimiento de dos de ellos, por entender que no incurrieron en la actitud ilícita.

Como si no hubiera pasado nada

Uno de los imputados es el comisario principal Pablo César Cabrera, quien por entonces estaba a cargo de la comisaría 10ª. Labriola leyó la acusación: «En su carácter de jefe de la comisaría, responsable administrativo y operativo de todo lo que suceda en la dependencia policial, incumplió en su conducta en sus deberes: a) la omisión de dar aviso inmediato al juez de Instrucción y agente fiscal en turno al momento del hecho; b) ejercer debida supervisión de sus subordinados Sánchez y Bustos; c) omisión del contralor de las actuaciones prevencionales existentes en la comisaría para cuya instrucción fue designado Bustos, ya que las mismas presentaron graves falencias e irregularidades».

El segundo acusado es Alejandro Sebastián Bustos, quien era el oficial de servicio designado en la guardia de la comisaría, aquella madrugada del 1° de mayo de 2014. La Fiscalía le imputa «falencias en las actuaciones prevencionales a su cargo, como la omisión de dar aviso al juez y al fiscal, la remisión, ese mismo día, al Juzgado de Instrucción N° 4 del parte comunicativo y la suscripción de dicho informe sin contar con la rúbrica del jefe de la comisaría, limitándose a dejar constancia de que la víctima no aportó datos para el esclarecimiento del hecho».
Incluso de haber sido así, debería «haber dejado constancia de la negativa de declarar de la víctima en un acta con presencia de testigos».

Bustos, según sospecha el fiscal, tampoco comisionó a otros policías para investigar, efectuar inspección ocular y croquis referencial del lugar del hecho, omitió la incorporación del proyectil que se le extrajera a la víctima para enviarlo a peritar, y recién el 29 de mayo (cuando se informa la muerte de Villalba) lo entregó a personal de la División Homicidios. Asimismo, le endilgan «la presunta adulteración del informe técnico médico (le habría cambiado la fecha), y la elevación de las actuaciones prevencionales al Juzgado el 29 de mayo, nueve días después del vencimiento de los plazos legales».

Por último, Labriola acusa a Gabriela Sánchez, quien por entonces estaba como oficial de servicio de cargo, responsable de la dotación del móvil 810 de la comisaría 10ª. «La oficial principal, a requisitoria de la superioridad, concurrió al hospital San Martín entre la 1.59 y 2.25. Tomó conocimiento del ingreso de Villalba, no obstante lo cual no se entrevistó con el personal del destacamento policial, con la víctima ni sus familiares y omitió recabar mayores datos tendientes al esclarecimiento del hecho», afirmó el fiscal.

«Luego fue en el móvil al lugar donde presuntamente se había perpetrado el delito. Pese a haber tomado conocimiento directo de parte del hermano de la víctima, y de otros vecinos testigos del hecho, que Laureano Gutiérrez, alias Tevez, allí presente, había sido el autor de los disparos, omitió realizar cualquier tipo de diligencia, tareas investigativa o adoptar recaudo alguno para preservar el lugar, asegurar la prueba, esclarecer el hecho e individualizar a sus autores. Ni recabó mayores datos que la denuncia verbal, tras lo cual se retiró del lugar abandonando la escena del hecho», dijo Labriola.

En todos los casos, el fiscal aseguró que los uniformados incumplieron con los deberes básicos que les impone el Reglamento General de la Policía y el Reglamento de las comisarías, subcomisarías y puestos de vigilancia.

En la audiencia, tanto Labriola como los defensores Miguel Cullen (de Sánchez), Rubén Pagliotto e Iván Varnengo (de Bustos) y Hernán Saín (de Cabrera), manifestaron su acuerdo con las pruebas que serán remitidas a juicio, aunque informaron que están dialogando para llegar a un acuerdo de juicio abreviado. El fiscal dijo que considera que deberán cumplir un año de prisión condicional, y el doble de tiempo de inhabilitación para ejercer cargos públicos, aunque este último punto estaría en discusión en las negociaciones para el abreviado. Hace poco y tras un acuerdo, en la condena a los policías de Villa Urquiza que admitieron haber picaneado a detenidos, se marcó un precedente en el que no se los inhabilitó para seguir en la fuerza policial.

FUENTE: UNO

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