Tratan en el Senado el proyecto por el endeudamiento

Sin modificaciones, los senadores de Cambiemos no aprobarán el proyecto. El Gobierno quiere negociar para llegar a un acuerdo cuanto antes.

 

 

El Senado tendrá una sesión clave este martes, en vistas al endeudamiento que pretende el Gobierno provincial pero que la oposición, al mando de la bancada liderada por Raymundo Kisser, quiere modificar. A las 20 y en un clima tenso, entre acusaciones cruzadas y diferencias dentro del recinto, el oficialismo buscará negociar y aprobar el proyecto que ya cuenta con media sanción en Diputados.

El punto conflictivo de la normativa que ratifica el acuerdo entre Nación y Provincia para la devolución del 15% de la coparticipación y la habilita a tomar créditos, es la situación económica de las Juntas de Gobierno. Frente al requerimiento de la oposición, que pide incluirlas dentro de los beneficios en la adquisición de bienes de capital, el Ejecutivo llevó su propuesta para llegar a la conciliación: compensar a las juntas con algunas obras financiadas desde el Gobierno.

La postura de los diputados de Cambiemos es similar a la del oficialismo y apelaron a la urgencia de los municipios para convencer a sus pares del Senado. “Nuestros intendentes están apurados”, había dicho el jefe del bloque opositor, Sergio Kneeteman. La respuesta de Kisser fue taxativa: “En caso de que no se acepten estas modificaciones, no aprobaremos el proyecto”. Todas las miradas estarán puestas en la sesión de hoy, en la que se podría destrabar el endeudamiento.

LAS MODIFICACIONES QUE QUIERE CAMBIEMOS

-Artículo 5: Dispóngase como principio de reparación histórica a las Juntas de Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, que el tres por ciento -3 %- de los recursos que obtenga la Provincia, en la colocación de títulos públicos 2016 y a lo que se hace referencia en el artículo 4° de la presente, y hasta dólares estadounidenses diecinueve millones trescientos veinte mil -US$ 19.320.000-, serán afectados a la adquisición de maquinarias, herramientas, equipamiento y bienes durables destinados a las Juntas de Gobierno de la Provincia.
Del modo que resulte la colocación final de la deuda para ser destinada a las Juntas de Gobierno, éstas participarán en su distribución conforme las categorías de cada una y recursos que recibe conforme a la legislación vigente. Créase una Comisión ad-hoc, por cada Departamento de la Provincia, conformada por los integrantes de las Juntas de Gobierno y el Senador Departamental respectivo, a los fines de la aplicación de los recursos asignados en la presente normativa.

-Artículo 6: Déjese establecido que si el Poder Ejecutivo hiciere uso de las prerrogativas contempladas en el artículo 4° del Acuerdo que se ratifica por el Artículo 1° de la presente Ley, en ese caso, de cualquier monto, importe o beneficio que obtenga la Provincia, se deberá coparticipar a los municipios, aplicando para ello el porcentaje de distribución previsto en el Decreto N° 4264/15.

 

 

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