La Dirección General de Agricultura en su carácter de órgano de Aplicación de la Ley de Plaguicidas Nº 6.599, dio a conocer las medidas adoptadas en términos de la modificación del calendario de referencia correspondiente al Registro de Expendedores y Aplicadores de Plaguicidas.
A los efectos de promover una mayor eficiencia en cuanto al desarrollo de las tareas de fiscalización a territorio, la Dirección General de Agricultura, dependiente de la Secretaría de Agricultura y Ganadería del Ministerio de Producción de la provincia, órgano de aplicación de la Ley Plaguicidas Nº 6.599, comunicó que “la vigencia de la Habilitación Anual 2.020, se extenderá hasta el 31 de Marzo de 2.021”.
De esta manera, a partir del año próximo, la habilitación anual se extenderá durante 12 meses calendario. Por ejemplo: desde el 31 de Marzo de 2021 al 31 de Marzo del año siguiente, y así sucesivamente.
La medida alcanza tanto a expendedores de productos fitosanitarios -casas centrales y/o sucursales-; como así también a aplicadores aéreos y terrestres -estos últimos que posean máquinas autopropulsadas, de arrastre, mochilas o equipos para tratamiento poscosecha- que se encuentren formando parte del Registro de Expendedores y Aplicadores de Plaguicidas.
Las personas que tengan consultas sobre el Registro de Expendedores y Aplicadores de Plaguicidas, Receta Agronómica Digital o quieran realizar denuncias por aplicaciones indebidas pueden escribir a: sanidadvegetal.dga@gmail.com. Mientras que quienes tengan inquietudes respecto a las aplicaciones en escuelas rurales, pueden escribir al siguiente correo electrónico: aplicaciones.escuelasrurales@gmail.com