Nahir Galarza pidió domiciliaria por el Covid-19, pero seguirá en la cárcel

Los defensores de la joven condenada a perpetua por el por el homicidio de su novio señalaron «el notable avance del virus» y sostuvieron que Galarza tiene «problemas de salud», argumentos rechazados por la Justicia.
La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó nuevamente un planteo de prisión domiciliaria formulado por la defensa técnica de Nahir Galarza, condenada a prisión perpetua en 2018 por el homicidio de su novio Fernando Pastorizzo, un año antes, en 2017, en Gualeguaychú.

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La resolución es de este miércoles 16 de septiembre y está firmada por los vocales Daniel Omar Carubia, Claudia Mizawak y Miguel Ángel Giorgio.

La presentación la realizaron sus abogados, Esteban Ostolaza y Pablo Exequiel Sotelo, quienes invocaron una delicada y grave situación de vulnerabilidad de Galarza como consecuencia de infectados por Covid-19 en la Unidad Penal Nº 6 de Paraná, donde se encuentra alojada.

Una solicitud similar realizaron los defensores meses atrás y el STJ rechazó el pedido el 27 de abril. Ahora, sus letrados plantearon «el notable avance del virus desde el anterior pedido a la fecha, el gran número de contagios, que llegó finalmente a los establecimientos carcelarios, y la situación del área metropolitana de Paraná vuelta a Aislamiento, Social, Preventivo y Obligatorio (APSO)».

También refirieron que «Nahir Mariana Galarza es una persona con actuales problemas de salud -es alérgica, está medicada con loratadina y necesita actualmente un «paff» (sic) por problemas respiratorios- que requiere cuidados, que las diferentes dolencias que padece, contrario a lo que la fiscalía ha manifestado en otras oportunidades, si se analizan en conjunto, la convierten en una persona de riesgo, vulnerable a contraer no sólo el virus sino cualquier otra enfermedad que agrave su situación, con un grave riesgo para su vida».

Asimismo, señalaron que su defendida tiene un buen comportamiento en la Unidad Penal y que además cuenta con el acompañamiento de su grupo familiar, «factores éstos que, en conjunto, hacen posible la morigeración de prisión preventiva en domiciliaria y resulta esencial para garantizar eficazmente la tutela de sus derechos a la vida y la integridad física, actualmente amenazados frente a la pandémica propagación del virus Covid-19 en nuestro país».
A la petición se opusieron los abogados de la familia Pastorizzo, Juan Carlos Peragallo, Sebastian Rodrigo Arrechea y Rubén María Virué; como así también el Procurador General, Jorge Amilcar García.

Todos señalaron que se trató de un idéntico pedido de domiciliaria formulado en abril y que la resolución del STJ de aquella vez se encuentra firme. Además, rechazaron que se pretenda introducir en este nuevo pedido el agravamiento de la pandemia.

Enseguida, recordaron informes médicos que detallaron el buen estado de salud de la reclusa. El Jefe de Fiscales, por ejemplo, incluso recordó que por esa razón se le autorizó una bicicleta fija en el pabellón para su actividad física recreativa.

Rechazo
En el rechazo al pedido de domiciliaria, el STJ valoró lo planteado por los querellantes y el Jefe de Fiscales. Además, tomó en cuenta el informe realizado por la Médico Forense del Poder Judicial, Lilian Inés Pereyra, quien confirmó el buen estado de salud de la joven.

En la parte final del informe, donde se hace referencia al contexto en el que se encuentra alojada, la médica detalló que Galarza está en un pabellón junto a cuatro compañeras, con televisión por cable y un celular que comparten para contactarse con sus familiares, entre otras comodidades.

«Se trata de una habitación de 7.45 x 4.10 mts. con piso de baldosas, dos ventanas, paredes con revoque y pintura, cielorraso y un baño instalado con agua caliente. Cinco camas de una plaza con colchón, almohadas y ropa de cama completas, una pileta de lavar, una mesa con sillas y televisión por cable. Cuentan con un equipo de telefonía celular que comparten entre las 5 compañeras, el cual puede ser utilizado de 9 a 23 horas diariamente para llamadas y mensajes de texto libres, y un teléfono de línea el cual es compartido entre 8 internas. Debido a la situación de emergencia sanitaria actual frente a la pandemia de Covid-19 las visitas de familiares se encuentran restringidas, pudiendo realizarse videollamadas de una hora de duración con una frecuencia semanal», señala el informe.

El vocal Daniel Omar Carubia fue quien fundamentó brevemente el rechazo al pedido de los defensores de Nahir. A su voto adhirieron Claudia Mizawak y Miguel Ángel Giorgio.

«Es del caso señalar con énfasis que la situación en que se desenvuelve el cumplimiento de la prisión preventiva por parte de la interna Nahir Mariana Galarza no exhibe posibilidad alguna de asimilarse a ninguno de los supuestos normativos esgrimidos por su defensa para justificar una eventual mutación de esa situación por la de una prisión domiciliaria», sostuvo Carubia, según la resolución difundida por el portal Entre Ríos Ahora.

Y agregó: «En efecto, las razones que fundamentaron su prisión preventiva en la Unidad Penal N° 6 se mantienen y no han variado en la actualidad, como tampoco las que condujeron a la denegatoria de su excarcelación y de morigeración de las condiciones de detención por prisión domiciliaria en fecha 27/4/2020 por este mismo Tribunal».

En cuanto a las razones de salud invocadas, afirmó que «emerge de los informes médicos de las profesionales del Servicio Penitenciario y del Poder Judicial, las mismas no revisten gravedad para colocar a la interna en un grupo de riesgo respecto de Covid-19 y la eventual exposición a una posibilidad de contagio, por la condición de encierro, es la misma a la que se encuentran expuestas la mayoría de las personas privadas de libertad, con la ventaja comparativa de la escasa cantidad de personas que comparten con ella las dependencias de la Unidad Penal en las que se desenvuelve y las condiciones en que cumple su detención».

Galarza fue condenada a cadena perpetua el 24 de julio de 2018 por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú; su sentencia fue confirmada el 3 de julio de 2019 por la Cámara de Casación Penal de Concordia, y el 22 de abril de este año por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.

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