Le prohibieron el ingreso a la cancha por ser deudor de la cuota alimentaria

El hombre debe tres años de cuota alimentaria y no podrá acudir a eventos deportivos. Además, no podrá salir de la provincia de Córdoba, donde ocurre el caso, hasta que cancele la deuda.

cancha

El Juzgado de Familia de Sexta Nominación de Córdoba le prohibió a un padre el ingreso a cualquier espectáculo deportivo en el que participe Belgrano. La resolución quedó firme hasta tanto no se ponga al día con su ex pareja con el pago de la cuota alimentaria para su hijo.

Al mismo tiempo, la jueza Marcel Alejandra Menta resolvió desvincular al hombre asociado al club cordobés. En caso que no tenga carnet de socio, ordenó que se le impida su registro como tal. Tampoco podrá salir de la provincia de Córdoba.

El intimado quedará inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos debido a que debe tres años de cuota alimentaria. El pedido de la madre del niño inició en el año 2019 y a la fecha el total que debe pagar es de 365.286,80 pesos.

En el fallo, la jueza Menta expuso que al ser el derecho alimentario un derecho humano básico, “corresponde buscar alternativas para garantizar el efectivo cumplimiento de la cuota alimentaria”. Y agregó: “Siempre en un marco de razonabilidad teniendo en miras que su fin es lograr revertir el incumplimiento del progenitor remiso”.

“Dichas medidas tienen por objeto corregir al alimentante incumplidor para garantía del deber de asistencia económica y subsistencia material del beneficiario afectado”, expuso.

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