Joven muerto tras una golpiza en Larroque: el juicio se inicia a fines de noviembre

Se realizará a partir del 27 de noviembre, el juicio por jurados contra Conrado González, quien está imputado de homicidio simple, por la muerte del joven de Larroque, Alexander Reverdito, quien murió tras una golpiza el 2 de enero de 2023.

reverdito

Parecía que el juicio contra Conrado González se iba a transformar en un hecho histórico para Larroque, porque sería el primer debate oral y público bajo la modalidad de jurado que se iba a realizar en la localidad, porque el crimen se cometió en esa ciudad y según marca el Código Penal, los juicios deben realizarse en el lugar donde se cometió el crimen. Pero, finalmente, todo se desarrollará en Gualeguaychú, durante la última semana de noviembre.

Se fijó para el 26 la audiencia de la selección de jurados que actuarán como oyentes desde el día siguiente y hasta el 29 inclusive, donde deberán emitir un veredicto sobre la responsabilidad penal de Conrado González en la muerte de Alexander Reverdito.

Mortal golpiza
La víctima tenía 20 años cuando la noche de Año Nuevo del 2023 salió con sus amigos al boliche, como cualquier joven de esa edad. Esa madrugada, cuando regresaba en bicicleta a su casa, se cruzó en su camino a Conrado González que caminaba junto a su novia en sentido contrario por calle Islas Malvinas, en Larroque.

Casi sin mediar palabras, González lo golpeó de una trompada que lo hizo caer a Reverdito de su bicicleta, y una vez en el piso continuó golpeándolo.

“No fue una pelea, sino que fue una agresión, porque la víctima nunca alcanzó a defenderse”, señaló la fiscal Natalia Bartolo en cada una de las oportunidades que tuvo ante las consultas de la prensa en aquel momento, que se hacían eco de la muerte del joven.

Murió un día después
Esta acción quedó grabada en las cámaras de seguridad de un domicilio contiguo a donde se desarrolló la agresión y es una de las pruebas fundamentales que sostienen la imputación de homicidio simple con dolo eventual porque queda clara la identificación del autor y segundo que no se trató de una acción defensiva que pudiera esgrimir el acusado.

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