Considerando que a fines del siglo XIX, las diversas colectividades pertenecientes a las corrientes inmigratorias europeas, comienzan a conformar entidades y sociedades en las cuales se nuclean, destacándose por su masividad, entre ellas, las de origen italiano y español.
Por medio de un comunicado oficial, el gobierno nacional expresa que: «Así como el 12 de octubre de 1868 se funda la SOCIEDAD ITALIA DE SOCORRO MUTUO Y BENEFICENCIA, en la Ciudad de GUALEGUAY, PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, por iniciativa de un grupo de inmigrantes italianos encabezados por los hermanos Doménico y Michelle CARBONI, oriundos de la Ciudad de GÉNOVA, REPÚBLICA ITALIANA, con el fin de auxiliar a los inmigrantes italianos llegados en gran número.
Que el conjunto edilicio posee características singulares para la tipología de sala teatral en la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que en su interior funcionan un museo histórico, el museo del TEATRO ITALIA y un registro digitalizado de datos de los primeros inmigrantes arribados a la Ciudad de GUALEGUAY desde el año 1865.
Que desde su fundación hasta nuestros días, tanto la SOCIEDAD ITALIA DE SOCORRO MUTUO Y BENEFICENCIA como el TEATRO ITALIA se han transformado en un centro de actividad cultural, tanto para la Ciudad de GUALEGUAY, como para las ciudades o pueblos aledaños en un radio de CIEN (100) kilómetros, lo que les ha otorgado una gran carga emotiva y de pertenencia para los pobladores de la región.
Que la entonces COMISIÓN NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTÓRICOS, actual COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS, aconseja su declaratoria.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA, ha tomado debida intervención.
Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el artículo 1° ter, Inciso b) de la Ley N° 12.665 y sus modificatorias, y el inciso 1 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.»
El texto está firmado por la Presidenta de la Nación y decreta que:
Artículo 1° — Decláranse bien de interés histórico nacional a la sede de la SOCIEDAD ITALIA DE SOCORRO MUTUO Y BENEFICENCIA y al TEATRO ITALIA, ubicados en la calle ISLAS MALVINAS N° 131 de la Ciudad de GUALEGUAY, PROVINCIA DE ENTRE RÍOS (Datos Catastrales: Circunscripción 10, Sección 4a Cuartel, Manzana 306, Parcela 2, Lote 2).
Art. 2° — La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley N° 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Teresa A. Sellarés.