La Justicia condenó a 10 años de prisión efectiva por violación a Antonio Fabián González, un funcionario policial de Gualeguay, de 57 años, que reconoció ese y otros delitos en perjuicio de dos nenas y su expareja.
Los gravísimos hechos contra la integridad sexual de las niñas -cuya identidad se preserva- ocurrieron desde que una tenía 7 u 8 años y la segunda desde los 11 hasta los 17. Las denuncias llegaron a la Justicia en noviembre de 2020.
En tanto, la violencia sexual contra su expareja también fue reconocida por el funcionario policial. Fue el sexto hecho que admitió, aunque en la Justicia lo consignaron con una expresión más “leve”: “relaciones sexuales no consentidas”.
La sentencia fue emitida el 21 de febrero por el juez Javier Cadenas, del Tribunal de Juicio y Apelaciones de la ciudad de Gualeguay, pero recién se conoció el 18 de abril cuando la parte resolutiva del fallo fue publicada en el Boletín Oficial de Entre Ríos. González se desempeñó en la Comisaría Primera Sección Chacras y en el Octavo Distrito de Gualeguay. Actualmente se encuentra cumpliendo la sentencia en la Unidad Penal N° 1 de Paraná.
En rigor, el magistrado homologó un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Jorge Gutiérrez, el abogado Javier Ronconi, defensor del policía; la querella particular representada por los abogados Alfredo Vitale y Zulma Hergensther, y Gustavo Piquet en representación del Ministerio Pupilar.
La lista de delitos que reconoció es extensa: abuso sexual simple, agravado por mediar convivencia y por ser funcionario policial; abuso sexual gravemente ultrajante -reiterado, 6 hechos- agravado por mediar un grave daño a la víctima, ser cometido por personal de fuerza de seguridad en ocasión de sus funciones y por aprovechar la situación de convivencia, en concurso real con abuso sexual agravado por mediar acceso carnal agravado a su vez por mediar un grave daño a la víctima, ser cometido por personal de fuerza de seguridad en ocasión de sus funciones y por aprovechar la situación de convivencia; desobediencia judicial reiterada (cuatro hechos), amenazas en concurso ideal con desobediencia judicial, violación de domicilio y abuso sexual con acceso carnal, todo ello en contexto de violencia de género; y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil.
Además de la pena, el Tribunal le impuso las costas judiciales al condenado y, como se resuelve en estos casos, ordenó la extracción del patrón genético y su posterior inclusión en el Registro Provincial de Datos Genéticos que funciona en el ámbito del Servicio de Genética Forense dependiente del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos; como también en el Registro Nacional de Datos Genéticos.
Detalles escalofriantes
Una de las víctimas contó que los abusos ocurrían en la vivienda de González, ubicada en el mismo terreno donde se encuentra la Comisaría. Los hechos ocurrían en la oficina policial, en la cocina de la casa, en la habitación, en los pasillos y en la pileta.
“Aprovechaba cada oportunidad que tenía para repetir este tipo de proceder”, dijo la madre de una de las víctimas, según consta en el fallo.
Otra de las nenas fue abusada incluso cuando se encontraba accidentada, con una férula en una de sus piernas. El hombre la abordó mientras descansaba en una habitación. Las víctimas también contaron que el comisario las tenía bajo amenaza: si contaban lo que les hacía iba a haber represalias, con ellas y su familia.
Además de los abusos y violaciones, González admitió que en diciembre de 2021, cuando ya había sido denunciado y estaba viviendo en el hogar de su hermana, envió mensajes y realizó llamadas a su expareja, quien también lo había denunciado por violación, aunque la Justicia uso términos moderados: “relaciones sexuales no consentidas”.
La descripción de este hecho que admitió González, dice que “abusó sexualmente de su entonces pareja, aprovechándose de que la misma no podía consentir libremente las acciones por el temor que sentía ante sus reacciones violentas y posibles golpizas tanto a ella como a su hijo y por el estado de sumisión en que se encontraba por el contexto de violencia de género establecido por González, en el interior de la vivienda que compartían, obligándola a mantener relaciones sexuales no consentidas”.
Ante la violación de las medidas judiciales de no contacto con su ex, en diciembre del año pasado el domicilio en el que se alojaba fue allando y le encontraron un arma de fuego tipo revólver, de la cual no tenía autorización para su portación.
Al resolver, el juez señaló: “Sin perjuicio de la confesión del hecho que realiza -como requisito procesalineludible- el imputado Fabián González, a los fines de la procedencia del presente procedimiento abreviado, existen evidencias y/o elementos probatorios suficientes, de los cuales surge acreditado con grado de certeza la materialidad y la responsabilidad penal del mismo en el hecho descripto y oportunamente endilgado”.
“Así las cosas, no veo motivo alguno para apartarme de la sanción convenida entre las diversas partes, incluidas las víctimas y la parte querellante, aquellas que, como se dijo, aparecen como figuras centrales en el juicio abreviado escogido, razón por la cual también en este aspecto habré de homologar lo acordado en torno a esas centrales cuestiones, teniendo por suficiente razones las brindadas en el escrito y transcriptas precedentemente ordenando una vez firme la presente la extracción del patrón genético del condenado y su posterior inclusión en el Registro Provincial de Datos Genéticos que funciona en el ámbito del Servicio de Genética Forense dependiente del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos”, completó.