El gobierno de Entre Ríos definió el protocolo para salones de eventos, con recomendaciones e instrucciones de funcionamiento. Se permite una ocupación máxima de hasta un 70 % en relación a la capacidad del lugar.
A través de la resolución 2206 del 3 de septiembre se aprobó el protocolo en el marco de la pandemia SARS –COV2 (Cavid 19) para la realización de eventos gastronómicos en salones. La actividad y los inmuebles que se utilicen para tales eventos, deberán contar con habilitación municipal o comunal, quienes tendrán a su cargo la verificación y control, del cumplimiento de las pautas previstas, con la colaboración de los organismos provinciales y nacionales. Se debe utilizar el barbijo en caso de circulación o tránsito por los espacios comunes.
En todos los casos, los organizadores deberán hacer cumplir los protocolos vigentes y asegurar el distanciamiento entre los asistentes, el uso de barbijos en espacios compartidos y los elementos de higiene de manos. No está habilitado bailar.
Aforo: El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas es de un máximo del 70 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada. Se debe mantener una distancia mínima de dos metros entre comensales de mesas contiguas.
Se dispondrán mesas diferenciadas para cada burbuja social. La zona exterior es de uso preferencial para momentos de esparcimiento y será de uso obligatorio de barbijo o mascarilla. Se deberán desarrollar evitando aglomeraciones o cruzamientos entre las burbujas sociales previas.
La zona de «la barra” se ubicará en el exterior del salón o en la zona mejor ventilada del espacio interior. Se deberá usar vasos y elementos descartables. Para su atención deberá alternarse por mesas o gestionarse a través del personal de servicio asignado a esta tarea.