Un jubilado no puede cobrar menos de 70% de lo que ganaba trabajando, según un fallo previsional

Un fallo previsional determinó que un jubilado no puede tener una jubilación menor al 70% del sueldo promedio que cobró durante sus últimos diez años de actividad laboral. La sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social estableció que el cálculo inicial de los haberes, conocido como tasa de sustitución, no debería ser menor a ese porcentaje, que actualmente se ubica en un 50% promedio.

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Esta decisión judicial corresponde a la segunda instancia y será apelada por la Anses ante la Corte Suprema. Solo en caso de que el Alto Tribunal no lo rechace podría sentar un precedente para otra ola de juicios contra el Estado ya que abriría las puertas de los tribunales a quienes hubieran iniciado su etapa pasiva sin recibir una prestación equivalente al 70% del promedio de sus últimos 120 salarios.

La sentencia, firmada por los jueces Nora Dorado y Luis Herrero, refiere a un juicio iniciado por un jubilado contra la Anses para solicitar que el organismo previsional reconozca retroactivamente esa tasa de sustitución de 70% y que el pago de todo ese diferencial esté exento de Impuesto a las Ganancias, otro reclamo que la Sala II respaldó.

En otra parte de la sentencia, además, la Sala II determinó que los cálculos de movilidad jubilatoria deberán aplicarse luego del cálculo de ese 70% de haber inicial.

La tasa de sustitución es la relación entre el sueldo que recibía un trabajador y su haber inicial, y se calcula a partir de varias fórmulas que toman en cuenta los aportes que hizo a lo largo de su vida laboral activa.

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