La beba de un año y medio necesita con urgencia un trasplante hepático. Actualmente está bajo la guarda de una pareja que quiere adoptarla pero que aún el Estado no se las otorgó. Ante la emergencia médica, el juez Weimberg autorizó a que el hermano del hombre que quiere ser su padre sea el donante. Una historia que demuestra hasta dónde puede llegar el amor incondicional.
Una auténtica historia de amor tuvo lugar los últimos días en Entre Ríos, y la misma podría marcar un antes y un después en todo lo que refiere a la legislación relacionada a los donantes de órganos vivos no relacionados.
Hace unos pocos días, el Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo de Villa Paranacito, a cargo del juez Agustín Weimberg autorizó a una persona a que pueda donar en vida parte de su hígado a una beba de un año y medio, que su hermano quiere adoptar, lo que conformaría uno de los primeros casos en el país donde alguien vivo dona un órgano a una persona no consanguínea y que aún –judicialmente hablando– tampoco tiene un parentesco adoptivo.
Esta autorización judicial autorizó a superar la restricción del art.15 de la ley 24.193, que afirma que “Sólo estará permitida la ablación de órganos en vida con fines de trasplante sobre una persona quien podrá autorizarla únicamente en caso de que el receptor sea su pariente consanguíneo o por adopción hasta el cuarto grado”.
Esta decisión determina que esta persona pueda donarle un órgano a la que podría ser su sobrina adoptiva en caso de que en el futuro la Justicia así lo disponga.
Pero para entender globalmente este acto de amor, debemos remontarnos un poco atrás en el tiempo. Por pedido judicial y para el resguardo de la privacidad de la familia, solamente llamaremos por sus iniciales a los protagonistas.
Todo comenzó en junio de 2016, cuando nació en Ceibas la niña J.A.M. Por desgracia, la beba nunca contó con el amor de su madre, quien en cuanto pudo la abandonó sin mirar atrás y la dejó a cargo de una pareja local: J.M.G. y su esposa N.M.M., quienes desde un primer momento se enamoraron del bebé.
Sin embargo, al poco tiempo, J.A.M. fue diagnosticada con atresia de vía biliar extrahepática, que en otras palabras significa que su hígado no produce bilis, un líquido que ayuda a la digestión y a las enzimas a descomponer las grasas en ácidos grasos y así el cuerpo pueda alimentarse.
Poco les importó esto a J.M.G. y a N.M.M.: nunca tuvieron hijos biológicos, y la llegada de la beba fue para ellos una auténtica bendición. Los tres juntos iban a luchar contra todo y todos no sólo para que la beba supere su enfermedad, sino para poder ser una familia ante la Ley y que nadie les reclame nada en el futuro.
Inmediatamente quisieron empezar los trámites de adopción, pero el nuevo Código Civil y Comercial sancionado en 2014 prohíbe la entrega directa de bebés y dispone que la única manera de adoptar sea a través del Registro de Adoptantes, donde se debe inscribir quien quiera ser padre o madre de un niño y cumplir con algunos requisitos. El objetivo de esta medida es evitar la comercialización de bebés.
La pareja comenzó a repartir su tiempo entre el Servicio de Pediatría del Hospital de Niños “Ricardo Gutiérrez”, en Buenos Aires, y el juzgado, donde lucharon para tener la guarda de la niña. Hasta que el caso llegó al Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (COPNAF) e inmediatamente el organismo apoyó la demanda y otorgó a la pareja la guarda con fines de adopción de la menor. Esta fue la primera batalla ganada, pero no la más importante.
La salud de la beba estaba cada día más delicada y luego de que se le realizara una cirugía “Kasai” sin restitución del flujo biliar, la opción era una sola: el trasplante hepático. Los aspirantes a padres adoptivos se hicieron los exámenes, pero ambos dieron incompatibles. Hasta que pasó por las pruebas el hermano de J. M. G., el futuro tío adoptivo de la nena (A. G.), quién logró la compatibilidad necesaria con la receptora.
Sin embargo, los tiempos de la Justicia para otorgar una adopción definitiva no son los mismos que los de la salud, y J.A.M. no tenía tanto tiempo. Los médicos informaron a la pareja que, en caso de conseguir una autorización judicial, el trasplante podría realizarse a mediados de enero de 2018, pero la fecha límite para presentarle era el 29 de diciembre de 2017. Supieron esto un día antes de Navidad.
Sin perder las esperanzas, la familia se acercó al Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo de Villa Paranacito y el martes 26 de diciembre promovieron el trámite. Ante la emergencia del caso, el juez Weimberg dispuso la habilitación de días y horarios inhábiles, corrió las horas y todos trabajaron a contra reloj para tener todo listo el jueves 28 de diciembre, un día antes del vencimiento.
“Sólo hay dos antecedentes más o menos parecidos en el país de donantes no consanguíneos. El primero es el trasplante cruzado de riñón al cual fue sometido el periodista Jorge Lanata y el segundo es el caso de la cantante Sandra Mihanovich, quién le también le donó un riñón a su ahijada, Sonsoles Rey”, explicó el juez a cargo del caso a ElDía.
“Sin dudas, este es un fallo que debería sentar un precedente para todos aquellos que están en una situación similar. Muchos no saben que existen herramientas judiciales que pueden ayudar en casos similares”, sostuvo Weimberg.
Sin dudas, la lucha basada en el amor que esta familia emprendió hace ya un año y medio, tendrá efectos en muchos que, como ellos, intentan salvar a un ser amado aunque la Ley se los impida. Y también, al mostrar su costado más humano, la Justicia también demostró que cuando la sensibilidad es la que manda, los tiempos judiciales pueden ser mucho más ágiles.
Esta semana, J.A.M. será intervenida para recibir el hígado de A.G. Actualmente, para la Ley, A.G. y J.A.M. no son nada, no tienen relación, no son parientes ni consanguíneos y adoptivos. Sin embargo, saben muy bien que, sin importar lo que diga un papel, ellos son tío y sobrina. Fuente eldiaonline.com