Tras el crimen de Micaela reglamentan el registro de violadores

Extraerán el ADN a todos los condenados por delitos sexuales. La implementación será paulatina, dado que laboratorios de todas las regiones del país deberá cumplir con un estándar para poder custodiar el material genético.

Tras el asesinato de Micaela, el Gobierno decidió habilitar el registro de violadores. El decreto que reglamenta la creación del Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual será publicado en el Boletín Oficial en los próximos días.

Se trata de la puesta en marcha de una ley que había sido sancionada en julio de 2013 pero que, casi cuatro años más tarde, aún no fue reglamentada.

El objetivo del banco de datos, informalmente llamado «registro de violadores», será «facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación judicial en materia penal vinculada a delitos contra la integridad sexual».

La ley 26.879 dispone que el Estado obtenga una muestra de material genético de quienes hayan sido condenados por delitos contra la integridad sexual y la almacene, para contar con esa información y contrastarla en el caso de que se investigue una posible reincidencia de parte de los agresores.

En 2011 la norma obtuvo media sanción en el Senado y en 2013 fue aprobada en Diputados. En ese momento, la aparición del cadáver de Angeles Rawson había motorizado el debate en la Cámara baja. Esta vez, la reglamentación de la ley llega luego de la violación y el asesinato de Micaela García, en Gualeguay.

Aunque el texto que reglamenta la creación del registro puede modificarse durante su revisión en Presidencia, tiene prevista la formación de una comisión tripartita formada por un miembro del Ministerio de Justicia, otro del Ministerio de Seguridad y uno del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. «Esa comisión será la que establezca los cronogramas de trabajo para que paulatinamente se vaya poniendo en funcionamiento el registro», dijeron a Clarín fuentes del Ministerio de Justicia, cuyos equipos técnicos junto a los de la cartera de Seguridad preparan el funcionamiento del banco de datos.

Está previsto que un decreto presidencial reglamente la ley, aunque aún no está claro en cuánto tiempo el registro podrá funcionar en su totalidad. «La comisión tripartita tiene que llevar adelante las gestiones para que laboratorios de todas las regiones del país cumplan con un estándar para poder custodiar el material genético, y esa implementación será paulatina», explicaron a este diario desde la cartera encabezada por Germán Garavano.

La base a partir de la cual se erigirá el banco de datos es la información genética de los que al momento de la reglamentación estén cumpliendo una condena por algún delito contra la integridad sexual (la Justicia tendrá un plazo de 6 meses para extraer el ADN). El banco también incluirá a los que ya hayan cumplido la pena pero se encuentren aún en el Registro de Reincidencia. Todo ese material genético se almacenará en laboratorios de todo el país. Para los futuros delitos, y una vez que la condena esté firme, el juez deberá disponer en no más de cinco días la extracción de material genético.

Según estadísticas del Ministerio de Justicia, al menos desde 2012 la cantidad de condenas por delitos sexuales no para de crecer. Ese año fueron 1.830 y en 2015, último período procesado, fueron 2.428. Se trata de un crecimiento del 33 por ciento en sólo cuatro años.

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