Mauricio Macri anuló el decreto de Cristina Kirchner sobre la coparticipación

A través de un DNU, el Presidente dejó sin efecto la medida que la ex mandataria firmó antes de dejar su cargo para devolver el 15% de la recaudación a las provincias

Macri

Mauricio Macri volvió a recurrir a un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para deshacer una medida del gobierno de Cristina Kirchner. Esta vez, el blanco fue el DNU 2.635/2015 que la entonces Presidente había firmado apenas once días antes de dejar el puesto para que todas las provincias pasasen a cobrar el 15% de los impuestos coparticipables que hasta entonces la Nación les retenía.
En su momento, distintos dirigentes de Cambiemos protestaron porque la medida generaba un fuerte impacto en la recaudación de la Anses. En su decisión, el máximo tribunal de Justicia había ordenado que se devolviera el dinero adeudado por ese concepto a Córdoba, Santa Fe y San Luis. El texto incluso conminaba al gobierno nacional a que comenzase las negociaciones para avanzar en la discusión de una ley de Coparticipación Federal. Cristina Kirchner decidió resolverlo con apenas un DNU.
El 9 de diciembre del año pasado, la Justicia ya había suspendido el cuestionado decreto del kirchnerismo. La medida fue tomada por la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Liliana Heiland un día antes de que Cristina Kirchner dejase el poder. La decisión fue tomada a partir de una medida cautelar interina que solicitó la Mesa Nacional de Jubilados Pensionados y Retirados de la República. “El DNU cuestionado no explica las únicas y excepcionales circunstancias que autorizan su especialísimo dictado, lo que prima facie, contrasta con lo prescripto por los arts. 109, 99 y 75 de la Constitución Nacional”, sostuvo la jueza Heiland.
Ese DNU es el que fue derogado por el nuevo gobierno nacional, según el DNU 73/2016 que fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
La decisión consta de apenas tres artículos. El primero dispone la derogación. El segundo informa que la medida deberá ser enviada a la “Comisión Bicameral Permanente del Honorable Congreso de la Nación a los efectos de su tratamiento y consideración legislativa”. El tercero cumple con la formalidad de ordenar la publicación del texto.
En los considerandos, el gobierno nacional recuerda que el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional prohíbe de forma expresa dictar DNUs en materia tributaria. A eso le suma el argumento de que si se hubiera llevado a cabo la medida, “el presupuesto del año 2016 de la seguridad social se encontraría seriamente comprometido en cuanto a su nivel de gasto y financiamiento, situación que se agravaría en forma notable de no mediar la inmediata extinción del mencionado decreto”.
Fuente: ElDíaonline.com

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