Condenaron con penas de 9 a 25 años a los juzgados por los abusos a hermanitos

Condenaron a prisión efectiva a las personas imputadas por los abusos sexuales en Oro. Hasta que la sentencia quede firme seguirán en libertad. A.I.G., el locutor de nuestra ciudad, fue condenado a 9 años por ser considerado autor material y responsable de los delitos de abuso simple reiterado y abuso sexual con acceso carnal en concurso real.locutor_condenado_nacho_gonzalez

El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, presidido por la vocal Carolina Castagno, y los vocales Rafael Cotorruelo y Alejandro Cánepa, dio a conocer hoy el adelanto de sentencia en el marco del juicio por presuntos delitos contra la integridad sexual en Oro Verde.

En el desarrollo de la audiencia realizada esta mañana en la sala 1 de los tribunales de Paraná, la vocal Carolina Castagno aseguró que los abusos sexuales denunciados por las víctimas, menores de edad al momento de haber ocurrido, fueron acreditados  durante el juicio.

G., A. I., el locutor de Gualeguaychú acusado, recibió la condena de 9 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable de los delitos de abuso simple reiterado y abuso sexual con acceso carnal en concurso real.

Por unanimidad, el Tribunal fijó las siguientes condenas para las y los imputados:

S., M. J : 25 años de prisión  de cumplimiento efectivo por ser autora material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, el medio de comisión y por el vínculo, reiterada y promoción a la prostitución de menores agravada por la edad de la víctima y por el vínculo en concurso real (hechos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto).

S., L.L.: 22 años de prisión  de cumplimiento efectivo por ser autor material del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto).

W. F., M.R.: 22 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, segundo y tercero).

S., J.P.: 20 años de prisión de cumplimiento efectivo de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, segundo, tercero y cuarto).

C, D.A.: 20 años de prisión  de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto).

S., G.: 20 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, segundo, tercero y cuarto).

A., N.Y.: 10 años de prisión  de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el vínculo de comisión y por el vínculo, reiterada .

G., A. I.: 9 años de prisión  de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable de los delitos de abuso simple reiterado y abuso sexual con acceso carnal en concurso real.

Asimismo, se resolvió no hacer lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y de la querella de dictar la prisión preventiva de los imputados.

El 5 de diciembre próximo, a las 13, se dará lectura íntegra a los fundamentos de la sentencia.

Durante el juicio el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal coordinadora Matilde Federik y el fiscal Mariano Budassoff, en tanto que la abogada Marina Hundt y el abogado Máximo Estrugo actuaron como querellantes particulares.

Por tratarse de delitos contra la integridad sexual el debate se desarrolló a puertas cerradas, inicializándose los nombres de las personas imputadas y condenas para resguardar a las víctimas. Fuente eldiaonline.com

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