Anulan sentencia al primer condenado de un juicio por jurados de Entre Ríos

Carlos Iván Caminos había sido condenado a 22 años de prisión. Lo había declarado culpable un jurado popular por el homicidio de Milton Luna el 25 de abril de 2020.

caminos

La Cámara de Casación Penal de Paraná, integrada por las vocales Marcela Badano; Marcela Davite y el vocal Gustavo Pimentel, resolvió anular la sentencia dictada el 25 de noviembre de 2020 en la causa “Caminos Carlos Iván S/Homicidio agravado por el uso de arma de fuego S/ Recurso de Casación”, emanada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná.

Además ordenó reenviar la causa a origen, a los fines de que un Tribunal debidamente integrado, reedite los actos pertinentes, y se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a Derecho.

El 13 de noviembre de 2020, Carlos Iván Caminos, fue hallado culpable por un jurado popular del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en el homicidio de Milton Luna, ocurrido en Paraná el 25 de abril de 2020.

Fue el primer fallo de culpabilidad, dictado en un proceso de juicio por jurado popular, que se llevó a cabo en Entre Ríos.

El 25 de noviembre de 2020, el juez técnico, Pablo Vírgala, le impuso la pena de 22 años y 6 meses de prisión efectiva.

Luego de esto, Carlos Iván Caminos se fugó hasta ser hallado en Paraná, más de un mes después de la sentencia. El hombre fue detenido, el 16 de diciembre de 2020, cuando se encontraba oculto en la Villa 351 de la capital entrerriana.

El hombre había sido hallado culpable de haber ultimado con un arma de fuego a Milton Luna en una zona de cañaverales y camino de tierra de calle Miguel David, en el extremo sudeste de Paraná.

Comentarios