Se aprobó el Plan de Facilidades de Pago para Contribuyentes

En el recinto del Concejo Deliberante, ayer por la noche, se aprobó por unanimidad el “Plan Excepcional de Facilidades de Pago para Contribuyentes”, a través de la ordenanza N° 93290, que permite la regularización de Obligaciones Tributarias impagas y vencidas al día 30 de Junio de 2016 inclusive.

Esta comprende a todas las tasas: Seguridad e Higiene, Inmobiliaria, Obras Sanitarias, Cementerio, Derechos de Construcción.

Características

Es un Plan de Facilidades Excepcional de Pagos, que estará vigente a partir del 1° de octubre de 2016, para todos los contribuyentes que presenten deudas impagas y vencidas al 30 de Junio de 2016.

El máximo de cuotas a realizar puede ser de hasta 60, siempre y cuando el valor de dichas cuotas supere los $ 100.

Las cuotas serán consecutivas, con vencimientos los 10 de cada mes o día hábil siguiente; se previó un segundo vencimiento que será los 20 de cada mes, en caso de no llegar al primero.

Se estableció una Tasa de Interés de financiación del 1% sobre saldo. Actualmente se está trabajando con una tasa de financiación del 2%. Se establecieron diferentes segmentos sobre las tasas, quedando fuera únicamente: Derechos de Construcción:

· Deudas de hasta $ 5.000, pagarán la 1° cuota normal, sin anticipos.

· Deudas entre $ 5.001 a $ 50.000, tendrá un Anticipo, o llámese 1° cuota, que será igual al 5% del valor de la deuda.
· Deudas superiores a $ 50.001, el Anticipo o 1° cuota será igual al 10% del valor de la deuda.

Este Régimen Excepcional tiene una vigencia de 90 días (hasta el 30 de Noviembre de 2016).

Se podrán Reformular Planes anteriores, que contengan deuda vencida al 30/06/2016.

El Plan caducará por presentar una deuda de más de 3 cuotas, sean consecutivas o no, y también por falta de pago de Tasas, Derechos, Contribuciones por Mejoras y toda otra imposición fiscal.

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